“Vigésimo octavo.- Ordenar al\r\n Ministerio de la Protección Social que, si aún no lo han hecho,\r\n adopte las medidas necesarias para asegurar que al momento de afiliarse\r\n a una EPS, contributiva o subsidiada, le entreguen a toda persona, en términos\r\n sencillos y accesibles, la siguiente información,
\r\n(i) Una carta con los derechos del paciente. Esta deberá contener,\r\n por lo menos, los derechos contemplados en la Declaración de Lisboa\r\n de la Asociación Médica Mundial (adoptada por la 34ª Asamblea\r\n en 1981) y los contemplados en la parte motiva de esta providencia, en especial,\r\n en los capítulos 4 y 8. Esta Carta deberá estar acompañada\r\n de las indicaciones acerca de cuáles son las instituciones que prestan\r\n ayuda para exigir el cumplimiento de los derechos y cuáles los recursos\r\n mediante los cuales se puede solicitar y acceder a dicha ayuda.
\r\n(ii) Una carta de desempeño. Este documento deberá contener\r\n información básica acerca del desempeño y calidad de\r\n las diferentes EPS a las que se puede afiliar en el respectivo régimen,\r\n así como también acerca de las IPS que pertenecen a la red\r\n de cada EPS. El documento deberá contemplar la información\r\n necesaria para poder ejercer adecuadamente la libertad de escogencia.
\r\nEl Ministerio de la Protección Social y el Consejo Nacional de\r\n Seguridad Social en Salud deberán adoptar las medidas adecuadas y\r\n necesarias para proteger a las personas a las que se les irrespete el derecho\r\n que tienen a acceder a la información adecuada y suficiente, que\r\n les permita ejercer su libertad de elección de la entidad encargada\r\n de garantizarles el acceso a los servicios de salud. Estas medidas\r\n deberán ser adoptadas antes del primero (1°) de junio de 2009\r\n y un informe de las mismas remitido a la Corte Constitucional.”.
\r\nAUTOS (DD/MM/AAAA) | DESCRIPCIÓN |
Seguimiento al cumplimiento de la orden 28. |
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Corrió traslado de documento a la Comisión de Regulación en Salud, a la Defensoría del Pueblo, a la Procuraduría General de la Nación y a la Superintendencia Nacional de Salud. |
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Elevó cuestionario a varias universidades, grupos de investigación y grupos de seguimiento. |
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Seguimiento al cumplimiento de la orden 28. |
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Solicitó al Ministerio de la Protección Social información sobre los afiliados registrados en la Base de Datos Única de Afiliados. |
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Seguimiento al cumplimiento de la orden 28. |
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Elevó cuestionario a Expertos. |
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Declaró el Cumplimiento Parcial de la orden 28. |
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Requirió información al Ministerio de Salud y Protección Social, a la Superintendencia Nacional de Salud y a las Empresas Promotoras de Salud sobre las medidas adoptadas en cumplimiento del Auto 264 de 2012 |
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Trasladó a las entidades que conforman el Grupo de Peritos Constitucionales Voluntarios la información presentada por el Ministerio y la Superintendencia Nacional de Salud en respuesta a los autos 264 de 2012 y 079 de 2014. Y ordenó a la Supersalud rendir informe sobre la no presentación del primer reporte bimensual. |
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Solicitó información adicional a la Superintendencia Nacional de Salud sobre el contenido y entrega de las cartas de derechos, deberes y desempeño por parte de las EPS. |
Fallas estructurales del sistema de salud. Caso focalizado: Chocó- Quibdó, Hospital San Francisco de Asís de segundo Nivel. |
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Convocatoria a sesión técnica motivada por la falta de respuesta del Ministerio de Salud y Protección Social a las solicitudes de información de la Defensoría del Pueblo. |
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Nueva fecha de la convocatoria a sesión técnica motivada por la falta de respuesta del Ministerio de Salud y Protección Social a las solicitudes de información de la Defensoría del Pueblo |
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Respuesta a la solicitud de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. |
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Solicitud de copias formulada por el abogado Wilman Arbey Moncayo Arcos respecto al Auto 133A de 2012. |
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Competencia de la CGR en cumplimiento de Auto 413 de 2015 (Chocó) |
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Escrito que ponen en conocimiento situaciones de posible vulneración del derecho a la salud e irregularidades contractuales al interior del Hospital San Francisco de Asís de Quibdó |
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Solicitud de información sobre el cumplimiento del Auto 413 de 2015. |
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Cumplimiento ordinales 3, 4, 5, 6, 8, 12 y 13 del Auto 413 de 2015 |
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Solicitud aclaración Supersalud Auto 413 de 2015 (Chocó) |
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Traslado informe de cumplimiento presentados por Ministerio de Salud y Protección Social y Superintendencia Nacional de Salud |
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Traslado informes de cumplimiento presentados por Ministerio de Salud y Protección Social. |
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Seguimiento a las medidas adoptadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, la Supersalud y las EPS para la elaboración y entrega de las cartas de derechos y deberes del paciente, y de desempeño de las EPS. |
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Remisión del informe presentado por el Ministerio de Salud y Protección Social a la Procuraduría General de la Nación. |
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Convocatoria a sesiones técnicas y decreto de pruebas. |